La Junta directiva del Colegio de Médicos de Sevilla hizo público su rechazo a la Ley de Eutanasia que se está tramitando en España. De acuerdo con el pronunciamiento de la Comisión de Ética y Deontología, esta institución entiende que la eutanasia y el suicidio asistido no se encuentran entre los fines de la medicina. Además, alertan de varios puntos de la norma que deberían ser revisados y que crean peligrosos vacíos legales.
De nuevo los médicos muestran su oposición a la norma presentada por el Gobierno para la aprobación de la Eutanasia. Los galenos sevillanos no sólo dudan de que su aprobación respete los fines de la medicina, al obligar a un doctor a eliminar una vida que ha jurado proteger, sino que indican 6 puntos que deberían corregirse y que son una clara muestra de la pendiente resbaladiza que se abre con la aprobación de este tipo de leyes:
- Las situaciones y enfermedades descritas en la Ley que pueden acogerse a la Eutanasia que prácticamente incluye a cualquier enfermedad crónica. No exige que se trate de una enfermedad terminal ni que se hayan agotado todas las posibilidades terapéuticas.
- No se deja clara la figura de médico responsable. No se considera que sea el médico habitual del paciente, el que mejor le conoce, o que éste tenga conocimiento de la situación.
- Los periodos establecidos por la Ley, de 15 días, para ratificarse en la decisión, son demasiado cortos para una decisión de ese calado.
- No queda suficientemente claro con la actual redacción que, en el caso de que un paciente se encuentre en un estado de incapacidad de solicitarla por sí mismo, la redacción y firma por parte de otra persona esté cumpliendo la voluntad inequívoca del enfermo.
- La «Comisión de Control y Evaluación» que debe velar por el correcto cumplimiento de la Ley y resolver dudas será un órgano administrativo y no se contempla necesaria la presencia de facultativos en ella.
- Se establecen condiciones para ejercer la objeción de conciencia. Se exige al doctor que lo haga con anterioridad y apuntándose en un registro, lo que puede vulnerar lo que establece la Constitución española: “Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias”
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